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Llegó el dólar tecno: cómo afecta a las empresas y quiénes lo pueden pedir

El Gobierno confirmó a través de un DNU el nuevo «dólar tecno», cómo anticipó  El Cronista, el cuál se centra en un nuevo esquema de exportaciones para empresas de software y industria del conocimiento. Oficialmente conocido como «Régimen de Fomento de las Inversiones para Exportaciones de las Actividades de la Economía del Conocimiento» será una nueva política centrada en el acceso al mercado cambiario para el sector tecnológico. Según explicaron, el primer punto del programa está centrado en las inversiones y es muy similar a lo ya aplicado en el sector petrolero (y que se espera aplicar también para la minería).

Específicamente, las personas jurídicas podrán liquidan su remuneración en dólares con un tipo de cambio diferente al oficial sin necesidad de pasar por el MULC (es decir, sin utilizar herramientas como el dólar MEP). A su vez, el DNU 679/2022 publicado en el Boletín Oficial les permitirá registrar su actividad en la AFIP y tributar en Argentina

El gobierno busca incentivar exportaciones por u$s 10.000 millones durante 2023. 

El proyecto busca algo similar a el dólar soja: que se liquiden divisas localmente a través de una cotización más atractiva que la oficial.

Ese régimen abarcará las inversiones en infraestructura, bienes de capital y capital de trabajo -abarcando los salarios del personal en relación de dependencia-, que busquen comenzar nuevos proyectos o la ampliación de aquellos ya existentes y contribuyan a incrementar las exportaciones inherentes al sector.

La medida alcanza a personas jurídicas constituidas en el país o el exterior, siempre que presenten ante la autoridad de aplicación (la Secretaría de Economía del Conocimiento) proyectos de inversión enfocados en generar divisas para el país. La inversión directa no puede ser menor a los u$s 3 millones para poder aplicar al beneficio.

Qué dice el Decreto del nuevo dólar

Según el DNU publicado hoy, la «excepción del requisito de liquidación en el Mercado Libre de Cambios de hasta un importe equivalente al 20% de las divisas que pudieran ser ingresadas en concepto de inversión extranjera directa, monto que, a elección del beneficiario, podrá ser aplicado al pago de capital e intereses de pasivos comerciales o financieros con el exterior y/o utilidades y dividendos que correspondan a balances cerrados y auditados y/o a la repatriación de divisas de no residentes«.

Habrá tiempo para anotarse hasta el 30 de junio de 2023, aunque podría prorrogarse hasta el 31 de diciembre de ese año según cada caso particular.

Las empresas podrán «acceder a un monto de libre disponibilidad de dólares de un 30% de las divisas ingresadas por las exportaciones netas incrementales realizadas, verificadas trimestralmente, a ser aplicado al pago de las remuneraciones de personal en relación de dependencia, debidamente registrado afectado a esas actividades», dice el DNU. Además, los beneficiarios podrán convertir en un bono de crédito fiscal hasta el 70 % de las contribuciones patronales que hayan efectivamente pagado con destino a los sistemas y subsistemas de la Seguridad Social, respecto de los empleados registrados.

Cabe aclarar que el Gobierno en ningún caso se considerará como inversión para la exportación a las actividades financieras, especulativas y/o de portafolio, ni tampoco a las fusiones societarias o adquisiciones de acciones, valores representativos y certificados de depósito en acciones, cuotas o participaciones sociales.

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