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ANSES jubilados y AUH: cómo para pagar menos por Internet y cable

La Administración Social de la Seguridad Social (ANSES) continúa con el calendario de pagos para enero 2023 y mientras tanto, ofrece una variedad de bonos y beneficios para jubilados, pensionados y titulares de AUH, entre otros.

Entre ellos se destaca la Prestación Básica Universal y Obligatoria (PBU), que resulta altamente conveniente para afrontar los recientes aumentos que dispuso el Gobierno en los servicios de televisión paga, telefonía e internet. ¿Cómo se obtiene?

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¿Cuánto es el aumento de Internet y cable en enero?

Bajo una nueva resolución, los usuarios percibiran un aumento del 15% en los primeros cuatro meses del año para los servicios de telecomunicación. Precisamente, el Gobierno estableció un tope del 4% mensual para la suba, por lo que los incrementos quedan de la siguiente forma: 4% en enero, 4% en febrero, marzo un 3% y abril 3,5%.

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ANSES jubilados y AUH: ¿Qué es la Prestación Básica Universal?

En un contexto inflacionario, donde los servicios acompañan la escalada de precios, el organismo liderado por Fernanda Raverta ofrece la posibilidad de acceder a un plan barato de Internet y cable, con el objetivo de que la conectividad esté «al alcance de todos».

En alusión a la Prestación Básica Universal y Obligatoria (PBU), la página web del Gobierno escribe: «Si no podés afrontar el pago de los planes de los servicios de telefonía fija, móvil, televisión por cable o internet, podés acceder a la prestación para uno o varios de esos servicios».

De esta manera, algunos titulares de la ANSES ya pueden solicitar el beneficio para acceder a una tarifa diferencial en los servicios de telecomunicación. El proceso es simple, gratuito y se concreta en pocos pasos.

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ANSES: requisitos para la Prestación Básica Universal

La prestación de la ANSES está dirigida a:

  • Jubilados, Jubiladas, Pensionados y Pensionadas, con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años.

  • Trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años.

  • Beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y sus hijos entre 16 y 18 años.

  • Beneficiarios de la Asignación Universal por Embarazo y sus hijos entre 16 y 18 años.

  • Pensiones no contributivas con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años.

  • Monotributo Social como así también sus hijos entre 16 y 18 años.

  • Trabajadores y trabajadoras monotributistas inscriptos e inscriptas en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles como así también sus hijos-as/tenencia de entre 16 y 18 años.

  • Beneficiarios de seguro de desempleo como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.

  • Beneficiarios del Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley 26.844) como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.

  • Usuarios y usuarias que perciban una beca del Programa Progresar.

  • Personas que se encuentren desocupadas o se desempeñen en la economía informal, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.

  • Beneficiarias y beneficiarios de programas sociales, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.

  • Clubes de Barrio y de Pueblo que se encuentren registrados conforme lo dispuesto por la Ley 27.098.

  • Asociaciones de Bomberos Voluntarios definidas por la Ley 25.054 como entes de primer grado y que se encuentren registrados en los términos de dicha ley.

  • Entidades de Bien Público definidas por la Ley 27.218 como: asociaciones civiles, simples asociaciones y fundaciones que no persiguen fines de lucro en forma directa o indirecta y las organizaciones comunitarias sin fines de lucro, con reconocimiento municipal que llevan adelante programas de promoción y protección de derechos o desarrollan actividades de ayuda social directa sin cobrar a los destinatarios por los servicios que prestan, debiendo estar inscripta ante el Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad (CENOC).

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ANSES jubilados y AUH: cómo acceder a la Prestación Básica Universal

El Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) aclara que la contratación debe realizarse con la empresa prestadora del servicio. Así, se puede acceder a la Prestación Básica Universal y Obligatoria de la siguiente manera:

  • Completar la Declaración Jurada en https://formularioenacom.gob.ar/descargas/PRESTACIONES_BASICAS_UNIVERSALES.pdf

  • Enviarla a los prestadores de los servicios que corresponda, a través de los canales de atención que habiliten.

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